Conforme a la legislación paraguaya, el funcionario consular puede actuar en calidad de Notario o Escribano Público, por tanto acudiendo a esta Representación Consular se podrán otorgar poderes tanto generales como especiales, los cuales constituyen documentos públicos para ser utilizados en Paraguay.
¿Qué es un poder?
El poder es la autorización por la cual una persona designa a otra como su representante para determinados actos y situaciones. Pueden ser otorgados poderes generales o especiales, de acuerdo a la necesidad del solicitante. El Poder General es aquel mediante el cual, el representante podrá actuar en todos o varios ámbitos con carácter general, es el que otorga al apoderado más facultades, pudiendo establecerse en el mismo además, cláusulas especiales. El Poder Especial es aquel en el que se faculta al apoderado para un tipo de acto jurídico concreto. Los más solicitados, a modo de ejemplo, son para: la compraventa de un bien, la tramitación de pasaportes y permisos del menor, juicios de divorcio, sucesiones etc.
¿Quién puede otorgar un poder?
Un poder puede ser otorgado por cualquier persona que sea mayor de edad y que se encuentre en plena posesión de sus facultades mentales.
¿Qué es necesario para otorgar un poder?
Es muy sencillo, quien desea otorgar un poder debe comparecer hasta la sede consular con su cédula de identidad paraguaya o su pasaporte, para los nacionales de otros países: Pasaporte y/o documento de identidad
Los datos de la persona a la que otorgará el respectivo poder; los datos de número de matrícula del abogado, si fuera el caso. Además, si se trata de Poderes para compraventa de bienes deberá tener los datos necesarios para la individualización del inmueble, el automóvil o el bien del que se trate, el cual desea comprar/vender/hipotecar/ constituir bien de familia, etc.
Costo:
Poder General: 115 Dólares.
Poder Especial: 95 Dólares.
Otros Actos Jurídicos: 55 Dólares.