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Repatriaciones

El Estado paraguayo posee mecanismos para apoyar a los compatriotas que deseen volver al Paraguay definitivamente, o sea ser repatriados. El apoyo para la repatriación otorga subsidios para el viaje de regreso, inclusive para la repatriación de restos mortales, facilita franquicias (exoneraciones) para el ingreso de los bienes del repatriado, menajes de uso familiar, instrumentos de trabajo para su profesión u oficio, libres de impuestos, aranceles y demás gravámenes, incluida la tasa de despacho, así como de cualquier otro tipo de impuesto de carácter interno que grave la importación a su regreso al Paraguay. Para conocer los requisitos puede acceder al siguiente enlace: http://www.repatriados.gov.py/pagina/27-subsidio-de-repatriacion.html

Es importante recordar que los bienes introducidos al Paraguay, aún de los repatriados, están sujetos a verificación física por parte de las autoridades aduaneras en la República del Paraguay.

Para solicitar la ayuda para repatriación, sea el subsidio o la franquicia, o ambos, se debe completar un Formulario de Solicitud de Repatriación y remitirlo al Consulado con el listado de personas y los bienes a repatriar junto a los documentos exigidos en el mismo. Es importante tener en cuenta que los solicitantes deben acreditar con documentos válidos su nacionalidad paraguaya y su residencia continuada en los Estados Unidos, por el plazo mínimo de dos (2) años.

Una vez verificados los datos, el Consulado expedirá una Constancia a nombre del repatriado. La expedición de la Constancia no tiene costo, no paga el Arancel Consular. Tampoco tienen costo la legalización consular de los documentos personales de los repatriados que acrediten esa condición y sus familiares inmediatos. Una vez llegado al Paraguay la Constancia de Repatriado deberá ser presentada a la Secretaria de Desarrollo para Repatriados y Refugiados (calle Mcal.Estigarribia, 1340 entre Pa’í Pérez y Curupayty, Asunción), en donde se le entregará -en un plazo máximo de 72 hs.- el Certificado de Repatriación para liberar de impuestos sus bienes repatriados y obtener otras facilidades.

Con el Certificado de Repatriación se obtienen exoneraciones arancelarias y tratamiento preferencial para:

1. RADICACIÓN DE CÓNYUGE E HIJOS EXTRANJEROS.

2. RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

3. RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS.

4. OPCIÓN DE NACIONALIDAD PARAGUAYA.

5. EXONERACIÓN DE IMPUESTOS ADUANEROS.

6. ACCESO A BECAS PARA CURSOS DE CAPACITACIÓN.

7. ACCESO A VIVIENDA PROPIA PARA PARAGUAYOS REPATRIADOS.

8. ACCESO A LA VIVIENDA PROPIA PARA RESIDENTES EN EL EXTERIOR.


Para mayores informes puede contactar con la Secretaría de Desarrollo para Repatriados ubicada en Asunción al teléfono (595-21) 448767, visitar su página web http://www.repatriados.gov.py, o comunicarse con nuestra Oficina Consular al número 310-417.950


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