(PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA). El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, ayer firmó el Decreto N° 3.576, por el cual se establecen medidas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19, correspondiente a la Fase 1 del Plan de Cuarentena Inteligente que estará vigente del 4 al 25 de mayo, con posterior evaluación técnica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar social (MSPyBS).
El Decreto habilita a algunos sectores económicos a retomar sus actividades bajo estricta observancia del protocolo sanitario contra la COVID-19, y prevé la aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones establecidas.
De acuerdo a la Fase 1 del Plan de Cuarentena Inteligente, todos los habitantes deben permanecer en sus casas y solo podrán salir a realizar compras de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza dentro del horario de 05:00 a 21:00 horas.
Podrán transitar los vehículos con chapas con terminación en números 1, 3, 5, 7 y 9 los días lunes, miércoles, viernes y domingo, en tanto que los vehículos con chapas con terminación en números 0, 2, 4, 6 y 8 los días martes, jueves y sábado.
EXCEPTUADOS. Se exceptúan de la prohibición de desplazamiento:
Los profesionales de salud estarán sujetos a las disposiciones del MSPyBS que establecerá la regulación y protocolos sanitarios para esta fase.
Entre las personas exceptuadas a cumplir labores no se deben incluir a menores de 18 años ni mayores de 60 años de edad, salvo las personas que cumplan servicios médicos de urgencia o servicios imprescindibles para la comunidad.
USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS. El decreto menciona que es obligatorio el uso de mascarillas (tapabocas) en el transporte público, en todos los lugares cerrados, en la vía pública y en aquellos en los que no se pueda mantener el distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento.
Además, señala que los funcionarios públicos tendrán un horario excepcional de trabajo de 8:00 a 15:00 horas y que la Secretaría de la Función Pública realizará las recomendaciones para cada institución.
ACTIVIDAD FÍSICA INDIVIDUAL. Según la disposición, se permitirá la actividad física individual (caminata y trote) cumpliendo los siguientes criterios:
El decreto indica que se prohíbe el uso de espacios comunes como áreas de juegos infantiles y canchas, máquinas para ejercicios y banquillos para sentarse. Las instituciones responsables de la administración de parques, plazas y/u otros espacios al aire libre que cuenten con estas áreas comunes, deberán físicamente impedir el acceso a los mismos.
Asimismo, se exhorta a los municipios a habilitar otros espacios al aire libre además de las plazas. Por ejemplo, calles peatonales exclusivas para asegurar el distanciamiento físico de las personas, en horarios habilitados para actividad física individual.
Las instituciones que administren los espacios públicos de esparcimiento al aire libre (plazas, parques, peatonales) deberán comunicar claramente las directrices sanitarias establecidas en el decreto.
Igualmente indica que los clubes sociales y deportivos seguirán cerrados al público.
ENTREGA DE COMPLEMENTOS NUTRICIONALES. El Ejecutivo establece que el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) coordinará y regulará la entrega de los complementos nutricionales, de manera ordenada y en cumplimiento de las medidas y los protocolos sanitarios dictados para la FASE 1 del Plan Cuarentena Inteligente. Para el efecto convocará a los funcionarios administrativos y docentes que fueren necesarios.
INCUMPLIMIENTO DEL DECRETO SERÁ SANCIONADO. El incumplimiento de las medidas sanitarias establecidas en este decreto será sancionado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 836/1980 - Código Sanitario, la Ley Nº 716/1995 “Que sanciona los delitos contra el medio ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.
El decreto exhorta a los Poderes Legislativo y Judicial a tomar las medidas necesarias para el acompañamiento y colaboración en la gestión de las medidas dispuestas para la implementación de la FASE 1 del Plan de Cuarentena Inteligente.
Lunes, 4 de mayo de 2020
Compartir esta noticia
En el marco de las iniciativas de promoción cultural llevadas a cabo por la Embajada de Paraguay en Corea, tuvo lugar, el pasado 19 de julio, la «Noche Paraguaya y Concierto de Guitarra Clásica».
Ver MásHoy, en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, se reunió la sección nacional del Grupo Mercado Común (GMC), órgano ejecutivo del Mercosur, a fin de considerar distintos aspectos del proceso de integración y su proyección para el presente semestre, en particular luego de la última Reunión del Consejo del Mercado Común y la Cumbre de Presidentes que tuvieron lugar recientemente en Puerto Iguazú, Argentina.
Ver MásLos coordinadores generales de la Comisión Coordinadora de la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial para el Período Constitucional 2023-2028, el canciller Julio César Arriola, y el canciller designado Rubén Ramírez Lezcano, mantuvieron una reunión informativa con los miembros del Cuerpo Diplomático y representantes de Organismos Internacionales acreditados ante el Paraguay.
Ver MásLos días 20 y 21 de julio tuvo lugar en Madrid, España, la I Reunión de Coordinadores Nacionales y Responsables de Cooperación de Iberoamérica.
Ver MásSe realizó en la fecha el acto de clausura del “Curso de Derecho Internacional del Comité Jurídico Interamericano y la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la Organización de Estados Americanos (OEA)”, presidido por el canciller nacional, embajador Julio César Arriola.
Ver MásEl ministro de Relaciones Exteriores, embajador Julio César Arriola, recibió esta mañana en audiencia a la senadora de la nación Kattya González; al diputado nacional Raúl Benítez, y a un grupo de asesores parlamentarios, a fin de conversar acerca de temas de interés en el contexto regional, con especial atención a la agenda en el marco del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná “Puerto de Cáceres – Puerto de Nueva Palmira”, de 1992.
Ver Más