El Ministerio de Relaciones Exteriores pone a conocimiento que ha recibido una comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay por medio de la cual informan que en los autos caratulados: “JUZGADO PENAL DE SENTENCIA No. 15 – ASUNCIÓN – REPÚBLICA DE PARAGUAY” FICHA IUE 554-60/2019, el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del 34º Turno ha dictado la Sentencia Interlocutoria No. 2057/2021 de fecha 25 de octubre del corriente, que dispuso: Desestimar la solicitud de Cancelación del Estatus de Refugiados de los ciudadanos Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colman solicitado por la República del Paraguay.
Al respecto, al tiempo de tomar con decepción y desagrado la decisión de una jueza uruguaya, tendiente a brindar amparo a los prófugos de la Justicia paraguaya Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colman, informa que ha invitado a las autoridades del Poder Judicial, del Ministerio Público y la Procuraduría General de la República a una reunión de urgencia a efectos de realizar inmediatamente un análisis conjunto sobre posibles medidas y acciones al respecto, tanto en el ámbito jurisdiccional como diplomático.
Finalmente, el Gobierno Nacional ratifica que insistirá ante las autoridades uruguayas sobre la ilegalidad del otorgamiento de la condición de refugiados a las citadas personas y urgirá nuevamente su inmediata cancelación, denunciando el hecho ante todos los foros internacionales.
Asunción, 9 de noviembre de 2021
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