(MDI). El Poder Ejecutivo dio a conocer hoy el Decreto 3.512/20 "Por el cual se disponen nuevas medidas de restricción para la circulación durante el aislamiento preventivo general establecido hasta el 12 de abril de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria delarada en el territorio nacional por el COVID 19".
El anuncio fue hecho esta tarde por el ministro del Interior, Euclides Acevedo Candia, durante una conferencia de prensa que se realizó en sede del Ministerio de Defensa Nacional.
Además del ministro del Interior, también participaron de la conferencia de prensa la fiscala general del Estado, Sandra Quiñónez; el comandante de las Fuerzas Militares, Gral. del Aire Eladio Casimiro González; el sub comandante de la Policía Nacional, Crio. Gral. Dtor. Luis Ignacio Arias Navarro; el ministro asesor de Asuntos Internacionales de la Presidencia de la República, Federico González; y el ministro de Defensa, Bernardino Soto Estigarribia, entre otras autoridades.
A continuación se detallan las disposiciones establecidas en el decreto:
Restringir el tránsito de personas y vehículos hasta el 12 de abril.
Durante la vigencia los habitantes deberán permanecer en sus residencias y podrán hacer desplazamientos mínimos para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza.
Se exceptúa la circulación de las personas que cumplan las siguientesactividades y servicios
1) Autoridades Nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios; Personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales.
2) Las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.
3) Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios, con constancia de la función y horarios de cobertura específica.
4) Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para la provisión de los alimentos.Así como los servicios de veterinarias para casos de urgencias.
5) Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones) y de emergencias, con el personal mínimo necesario para su funcionamiento.
6) Servicios funerarios.
7) Las personas afectadas a las obras públicas en general.En la zona urbana de la capital, están autorizadas sólo las obras relacionadas al área de la Salud.
8) Servicios de entrega a domicilio (delivery) de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas, salvo las farmacias que atienden las 24 horas. El delivery de bebidas alcohólicas no está permitido en ningún horario.
9) Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos; así como residuos generados en establecimientos de salud y afines.
10) Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas.
11) Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
12) Cadena Logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga). Servicios aduaneros de carga y descarga de mercaderías.
Todas las empresas exceptuadas deberán adoptar los máximos recaudos de prevención y cuidados sanitarios indicados por el MSPBS y el protocolo respectivo del Ministerio del Trabajo.
No se deben incluir a las personas menores de 18 ni mayores de 60 años de edad, salvo aquellas que ejerzan servicios médicos de urgencia o aquellos afectados a servicios imprescindibles para la comunidad.
Los habitantes que incumplan el decreto serán sancionados conforme al “Código Sanitario”, la Ley “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.
El ciudadano que presente un justificativo para la circulación durante la cuarentena total tendrá carácter de declaración jurada a los efectos legales, en los controles de las fuerzas del orden.
#QuedateEnCasa
Compartir esta noticia
La delegación de la República del Paraguay, encabezada por el ministro de Justicia, Daniel Benítez Romero, ratificó el compromiso del Gobierno Nacional en la prevención y combate del delito en todas sus formas, en el marco del 32º período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal (CCPCJ), que se celebra del 22 al 26 de mayo de 2023, en la ciudad de Viena, Austria.
Ver MásEn conmemoración a los 212° Aniversario de la Independencia Nacional, la Embajada de la República del Paraguay en la República Federativa del Brasil realizó ayer un concierto con el Conjunto Folclórico de la Orquesta Sinfónica Nacional de nuestro país, acompañado por el Ballet de la Academia de Danza Elizabeth Vinader.
Ver MásEn la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, se llevó a cabo una recepción en Conmemoración del 212° Aniversario de la Independencia de la República del Paraguay, y por el cuarto aniversario de creación de la Cámara Binacional de Comercio e Industria Boliviano – Paraguaya.
Ver MásEn el marco de las Fiestas Patrias y del Día de la Madre, el Consulado General del Paraguay en Porto Alegre reunió a la colectividad residente en dicha ciudad brasileña en un evento que incluyó un oficio religioso de Acción de Gracias y un almuerzo campestre, amenizado por el grupo de música nativa Yambay 2, en un ambiente marcado por la gran vibración patriótica, en clave de confraternidad.
Ver MásLa Embajada de la República del Paraguay en Chile brindó su total apoyo a la Secretaría Nacional de Turismo (Senatur), que el viernes 19 de mayo, con la propia ministra Sofía Montiel de Afara al frente, llevó una misión comercial a Santiago, en el marco de las acciones de promoción para posicionar la oferta turística de Paraguay en el mercado chileno.
Ver MásEn la ciudad de Montevideo, Uruguay, se llevó a cabo hoy 19 de mayo de 2023, la LVIII Reunión de la Comisión del Acuerdo de la Hidrovía Paraguay-Paraná en la que Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay abordaron temas inherentes al proceso de integración regional del transporte fluvial internacional regulado por el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra de 1992.
Ver Más