El Ministerio de Relaciones Exteriores expresa su preocupación por el Proyecto de Ley que Deroga la Vigencia de la Ley 6659/20, por la cual se aprueba el Convenio de Financiación firmado entre la República del Paraguay y la Unión Europea para el “Programa de Apoyo a la Transformación del Sistema Educativo en el Paraguay y sus anexos”.
El Convenio constituye un tratado internacional vigente, que fue firmado, aprobado y debidamente ratificado conforme a lo dispuesto por los mandatos constitucionales correspondientes.
La Carta Magna otorga al Poder Legislativo, en particular, a la Cámara de Senadores, la atribución de iniciar la consideración de los proyectos de ley relativos a la aprobación de los tratados internacionales sometidos a su estudio por el Poder Ejecutivo. Este procedimiento ya fue debidamente cumplido en el año 2020, oportunidad en que ambas Cámaras aprobaron el texto del Convenio, con dictamen favorable de siete comisiones.
El Artículo 137 de la Constitución Nacional establece el orden de prelación de las normas jurídicas, en el que un instrumento internacional aprobado y ratificado, al ser una norma superior, no puede ser derogado por otra norma de menor jerarquía, como lo es una ley de orden interno.
Además, la suspensión o terminación de un tratado solo puede darse conforme a las disposiciones del propio tratado o por consentimiento de las partes en el mismo, a través del Poder Ejecutivo, en observancia de las disposiciones constitucionales y del derecho internacional vigente.
Toda decisión sobre el Convenio de referencia debe respetar el ordenamiento jurídico nacional y el sistema de separación, equilibrio, coordinación y recíproco control entre los Poderes del Estado consagrado en el Artículo 3 de la Constitución Nacional.
Los términos contenidos en el Convenio, así como en sus anexos, se hallan en consonancia con los principios y preceptos establecidos en la Constitución Nacional y demás leyes nacionales.
En razón de lo expuesto, el Estado paraguayo está obligado a cumplir los términos del Convenio sobre la base de la buena fe (principio pacta sunt servanda). Esto genera responsabilidades recíprocas.
Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores aclara que el Convenio fue suscrito únicamente en idioma español y constituye el único documento válido al que se han comprometido las partes.
El Ministerio de Relaciones Exteriores subraya la importancia de preservar la imagen del país como un socio confiable y respetuoso del derecho internacional, más aun considerando que el Convenio con la Unión Europea permite al país acceder a una cooperación internacional para fortalecer el sistema educativo paraguayo.
Asunción, 12 de diciembre de 2022
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