Como testimonio de su compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos, el Ministerio de Relaciones Exteriores difundió en todas sus plataformas de comunicación el texto de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso "Leguizamón Zaván y otros Vs. Paraguay".
Al respecto, este caso guarda relación con la alegada violación de los derechos a la vida y a la libertad de expresión del periodista Santiago Leguizamón debido a su asesinato en el año 1991, con motivo del ejercicio periodístico, así como la alegada falta de investigación diligente y efectiva de su muerte.
Cabe señalar que durante el trámite, el Estado paraguayo se allanó en el trámite del caso, con la aceptación de la responsabilidad internacional, anunciada por el Presidente de la República, como parte del compromiso del Paraguay con la libertad de expresión y de prensa.
El mencionado reconocimiento fue valorado positivamente por la Corte Interamericana en la misma sentencia, al señalar que "constituye una contribución positiva al desarrollo de este proceso, a la vigencia de los principios que inspiran la Convención y a la satisfacción de las necesidades de reparación de las víctimas de violaciones de derechos humanos. El reconocimiento de responsabilidad internacional (...) tiene un alto valor simbólico en relación con la no repetición de hechos similares. '
El Tribunal interamericano determinó que el Paraguay es responsable por la violación de los derechos consagrados en los artículos I (obligación de respetar los derechos), 4 (a la vida), 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales), 13 (libertad de pensamiento y expresión) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Asimismo, la Corte IDH dispuso como reparaciones integrales, medidas de satisfacción, garantías de no repetición y la indemnización a las víctimas.
Para mayor ilustración, se encuentra disponible la Sentencia en su integridad en la página web oficial y también un resumen oficial de la Corte IDH, en las redes sociales del Ministerio.
El enlace para acceder a la totalidad de la Sentencia es el siguiente: https://rb.gy/1qrhg
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