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El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá otorgar visas a extranjeros que precisen este documento para regularizar su situación migratoria en el país
Publicado: 03/21/23 09:00:a. m.

Tras el análisis realizado entre autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) y de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) sobre el régimen de otorgamiento de visas en Paraguay y, en vista a la problemática de ciudadanos extranjeros que ingresaron al país entre el 2019 y 2022 y que requieren la presentación de una visa de residencia para la tramitación de sus documentos de radicación, el MRE aprobó una serie de modificaciones relacionadas con la tramitación de visas, mediante las Resoluciones N°210 y 211, de fecha 15 de marzo de 2023.

La disposición estará en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 y tiene como objetivo facilitar la regularización migratoria de los ciudadanos extranjeros oriundos de países exonerados de presentar una visa de ingreso para estadía transitoria como turistas pero que, debido al contexto vivido durante la pandemia del COVID-19 y las medidas sanitarias tomadas por el Gobierno Nacional para prevenir su propagación, no pudieron iniciar o culminar sus trámites migratorios de residencia por carecer de una visa que los habilite para el efecto.

Beneficiarios de la disposición

Extranjeros que ingresaron al país entre los años 2019 y 2022 con exoneración de la visa de ingreso para su estadía transitoria como turistas, pero que precisen una visa de residencia para tramitar sus documentos de radicación ante la autoridad migratoria.

Validez de la visa

Las visas expedidas en virtud de la Resolución N° 211 del MRE tendrán una validez de noventa (90) días con entradas múltiples.

Plazo para la tramitación de visas

El plazo para gestionar las visas bajo esta disposición será hasta el 31 de diciembre de 2023.

Lugar de tramitación

Ministerio de Relaciones Exteriores / Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares.

Requisitos a presentar en el Ministerio de Relaciones Exteriores

a) Solicitud de visa, mediante declaración jurada que, además, exprese los motivos de su ingreso y estadía en el territorio nacional.

b) Informe de movimiento migratorio.

c) Pasaporte válido con vigencia mínima de seis meses.

d) Documentos adicionales de respaldo que la Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares estime pertinentes.

Arancel del trámite

El monto de percepción por cada visa en virtud de la Resolución MRE N° 211 será de trescientos dólares americanos (USD 300).

Reducción del plazo de comunicación de otorgamiento o denegación de visas

Mediante la Resolución N° 210, el Ministerio de Relaciones Exteriores resolvió reducir el plazo para la comunicación de otorgamiento o denegación de las visas. A partir de ahora, esta comunicación se realizará vía correo electrónico en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, contados a partir de la recepción y verificación de la presentación en forma completa y correcta de las solicitudes.

Información sobre visas y residencias para extranjeros en Paraguay

Para conocer más información sobre visas, visita el portal oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores:

https://www.mre.gov.py/index.php/tramites/visas

Para conocer los requisitos y aranceles de los trámites de residencia en Paraguay, ingresa al portal oficial de la Dirección Nacional de Migraciones:

https://www.migraciones.gov.py/index.php/tramites/residencia



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