Expedición de pasaportes consulares a menores de edad
La solicitud de expedición de pasaporte consular a menores de edad debe ser presentada por ambos padres. En ausencia de uno de ellos, el padre o madre del menor debe acreditar fehacientemente que cuenta con la debida autorización o facultad legal para realizar dicha gestión.
Se debe presentar además:
1. Certificado de nacimiento original del menor de edad.
2. Documento de identidad de los padres.
IMPORTANTE - Imposibilidad de modificar nombres en los pasaportes consulares
El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional es la institución del registro del nombre de las personas y de su estado civil. Las Embajadas y Oficinas Consulares no están facultadas para modificar el nombre de las personas en los pasaportes consulares. Quien desee modificar su nombre por motivo de cambio de estado civil debe realizar las gestiones pertinentes ante el Departamento de Identificaciones en Paraguay.
Observación: A partir del 1 de abril de 2010, se encuentra vigente lo establecido por el Documento 9303 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre documentos de viaje de lectura mecánica. A partir de la fecha mencionada, los pasaportes consulares son impresos en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Asunción y entregados a través del Consulado. Los pasaportes consulares son válidos por un plazo de 5 años y no son renovables.