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Pasaportes

Pasaportes consulares, requisitos para su expedición:

  • - Ser paraguayo natural o naturalizado.
  • - Poseer cédula de identidad civil paraguaya.
  • - En caso de no contar físicamente con la cédula de identidad paraguaya, presente copia de la misma o de su pasaporte vencido u otro documento idóneo que compruebe su identidad.
  • - No poseer orden de captura o prohibición de salir del país.

Pasos a seguir para solicitar su pasaporte consular:

Envíe un email a riocongralpar@mre.gov.py con los siguientes documentos:

  • - Copia de su documento de identidad.
  • - El "Formulario de solicitud de pasaportes” completado y firmado.
  • - Una foto-carnet de 3x4 con fondo blanco en formato jpg.
  • - Comprobante de residencia en Río de Janeiro o Espíritu Santo (puede ser una factura de luz, teléfono, agua o gas o su contrato de alquiler).

Pasaporte de emergencia:

El Consulado General del Paraguay en Río de Janeiro, excepcionalmente y cuando la urgencia del caso lo requiera, también puede emitir pasaportes de emergencia (que están listos en el día). Los requisitos son los mismos que para los pasaportes consulares. La validez de estos documentos no puede exceder los seis meses.

En caso de necesitar un pasaporte de emergencia, llame al teléfono de urgencias del Consulado General: +5521 97653 6389 (atención las 24 horas, los 7 días de la semana) y coordine con el funcionario consular de guardia una cita de urgencia para emisión de este tipo de pasaportes.

Pasaporte provisorio:

El Consulado General del Paraguay en Río de Janeiro también puede emitir pasaportes provisorios (documento que reemplaza al salvoconducto y son válidos solamente para regresar a Paraguay) a los nacionales paraguayos que se encuentren sin documentos de viaje por destrucción, inutilización, extravío, hurto o robo de los mismos, o cuando el plazo de validez del documento con el que viajaron haya vencido, o cuando el solicitante de un pasaporte consular cuente con orden de captura o prohibición para salir del territorio nacional. Excepcionalmente, también se podrán otorgar pasaportes provisorios a los hijos de madre o padre paraguayo, nacidos en el extranjero, cuando no fuera posible expedirles un pasaporte consular, previa autorización de los padres.