Solicitud presencial: los pedidos de Certificados se reciben de lunes a viernes de 9:00 a 12:30 horas y se retiran al día siguiente hábil.
Solicitud por correo postal: los connacionales que residen en zonas alejadas del Consulado General pero dentro de la circunscripción de este (es decir Comunidad de Madrid, Galicia, Asturias, La Rioja, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura e Islas Canarias) pueden enviar los requisitos por correo postal a la dirección del Consulado para solicitar el certificado. Una vez se reciba el sobre, el Consulado contactará con los titulares para coordinar el pago.
Requisitos (mayores de edad):
- Formulario de Solicitud (descargar, rellenar y firmar Formulario ← clique)
- Fotocopia del pasaporte en vigor de las páginas donde consten los datos y la firma.
- Una (1) fotografía tipo carnet (3x4) a color, fondo blanco, no sonreír.
Pago del arancel consular: Costo del ARANCEL CONSULAR ←Clique
- Solicitudes presenciales: se paga con tarjeta bancaria (en caso de poseer únicamente efectivo se le darán las instrucciones de pago el día de la solicitud).
- Solicitudes por correo postal: debe enviar en el sobre su número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted para coordinar el pago.
Requisitos (menores de edad):
- Formulario de Solicitud (descargar, rellenar y firmar Formulario ← clique)
- Fotocopia del pasaporte en vigor de las páginas donde consten los datos y la firma.
- Una (1) fotografía tipo carnet (3x4) a color, fondo blanco, no sonreír.
- Fotocopia del pasaporte en vigor de los padres o documento judicial de los tutores, además deberán firmar el formulario arriba mencionado.
- Fotocopia del certificado de nacimiento del menor.
IMPORTANTE: los datos de contacto telefónico deberán ser claros y legibles.