Delimitar, demarcar y caracterizar los límites internacionales del país conforme los Tratados, Protocolos y otros Acuerdos internacionales suscriptos por la República del Paraguay con los países vecinos. Ejercer las tareas, diplomática y técnica, que se requieran para la apertura, control y mantenimiento de picadas internacionales, la erección, control y mantenimiento de Hitos demarcatorios. Promover, según los medios a su alcance, el desarrollo de las zonas fronterizas y de la integración regional según las directivas emanadas del Canciller Nacional. Asegurar la defensa de la integridad territorial del Estado. En cuanto de ella dependa, cooperar a la afirmación de la soberanía nacional.
Considerar que las líneas de límites internacionales, en tanto definen la integridad territorial del Estado paraguayo, proyectan al mismo tiempo zonas bi y tri- nacionales de integración regional, en las que se deben asegurar el desarrollo económico, social y cultural de las poblaciones a un lado y otro de las respectivas líneas límite, con perspectivas tales como la seguridad fronteriza, la seguridad migratoria y la organización poblacional, el impulso comercial y el desarrollo industrial, entre otros.