II - Acuerdos y Directivas de la Comisión Mixta

II - Acuerdos y Directivas de la Comisión Mixta.

Reuniones de la Comisión Mixta

Reunión inaugural: La Comisión Mixta Demarcadora de Límites se reunió por primera vez el 16 de diciembre de 1938. Sus deliberaciones, sobre materias propias de su cometido, se realizaron en los salones del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina, en Buenos Aires.

Reuniones posteriores: Las funciones de la Comisión Mixta fueron determinadas por el Artículo 5º del Tratado de Paz, Amistad y Límites y el Artículo III del Acta de Constitución de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites del 25 de noviembre de 1938.

De ese modo la Comisión Mixta celebró 55 Reuniones Plenarias. En el transcurso de las mismas consideró y resolvió diversos problemas vinculados a los trabajos demarcatorios. En las primeras reuniones se acordaron los planes a desarrollar, estableciéndose procedimientos, normas e instrucciones a seguir; se redactó y aprobó el Reglamento de la Comisión Mixta, al que se ajustaron las labores demarcatorias.

En las Reuniones Plenarias celebradas luego de finalizadas las labores del terreno, se examinó la marcha de los trabajos, se elaboró el Plan de futuros trabajos, se dio solución a problemas - técnicos, de organización y administración así como las diferencias de valores obtenidos por observación directa y a los deducidos del Plano del Colegio Arbitral, estableciéndose normas para la correcta interpretación de la letra y del espíritu del Laudo; en fin, se atendieron y solucionaron las cuestiones incidentales que se presentaron y que dieron lugar a modificaciones en las modalidades de trabajo y a las disposiciones del Reglamento. Se consideraron también los resultados obtenidos y se acordaron las providencias complementarias para dar por terminados y aprobados los trabajos respectivos.

Los diversos acuerdos tomados por la Comisión Mixta en el transcurso de sus deliberaciones, figuran en las Actas respectivas que forman parte del archivo de la misma, con una copia en poder de cada Comisión Nacional. Esta documentación está incluida en el segundo tomo de la presente Memoria.

La Comisión Mixta, en el Acta Nº 5, aprobó el texto del Reglamento al que sujetó sus actividades. Con el tiempo, y basada en la experiencia y en las innovaciones tecnológicas, introdujo importantes modificaciones algunas de las principales se citan a continuación:

-Se determinó efectuar una nueva medición de los hitos por el Sistema de Posicionamiento Global (GPS) referido a la Red SIRGAS y en el sistema DATUM WGS 84, Acta N° 51.
- Se acordó el recubrimiento con hormigón de los Hitos de I Orden, Acta Nº 42.
- Se determinó establecer la categoría de hitos de III Orden, Acta Nº28.

Asimismo, se convino:

- El límite demarcado por la Comisión Mixta en el que se hayan erigido hitos sobre las picadas, es considerado definitivo entre las Repúblicas de Bolivia y Paraguay (Paraguay y Bolivia), Acta Nº 7.
- Los hitos de II Orden serán de cemento, Acta Nº 23, de forma y dimensiones que se muestran en el croquis anexo al Acta Nº 5.
- Cuando al suscribir las actas de erección correspondientes a hitos, y alguno de los Delegados que hubiera intervenido en dicha erección no formase parte de la Comisión, se suplirá la ausencia con las firmas de otro Delegado de la Comisión a la que aquél perteneciera, y la del Presidente de la Comisión Mixta, con lo que se legalizará esta situación, Acta Nº 25.

Denominación de los Hitos y división del límite internacional: Se resolvió denominar VERTICES PRINCIPALES I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI, a los puntos que cita el Laudo como vértices de la línea del límite a partir de Esmeralda y concluyendo en la Confluencia de los Ríos Negro u Otuquis y Paraguay.

La denominación de los Hitos Principales quedó establecida de la siguiente forma:

Hito I                                  - ESMERALDA.
Hito II                                 - 10 DE OCTUBRE.
Hito III                                - VILLAZON o SARGENTO RODRIGUEZ.
Hito IV                               - 27 DE NOVIEMBRE o GABINO MENDOZA.
Hito V                                - CERRO CAPITAN USTARES o CORONEL CABRERA.
Hito VI                               - PALMAR DE LAS ISLAS.
Hito VII                              - CORONELES SANCHEZ.
Hito VIII                             - CERRO CHOVORECA.
Hito IX                               - CERRITO JARA.
Hito X                                - 12 DE JUNIO.
Hito XI                               - CONFLUENCIA DE LOS RIOS NEGRO u OTUQUIS y PARAGUAY.

Teniendo en cuenta la naturaleza del terreno se acordó dividir el límite en dos sectores:

SECTOR OESTE: Desde el thalweg del Río Pilcomayo en la longitud -62º 37' 19", hasta el punto más alto del Cerro Capitán Ustares.

SECTOR NORTE: Desde el punto más alto del Cerro Capitán Ustares hasta la desembocadura del Río Negro u Otuquis en el Río Paraguay.

Debido a que las zonas vecinas pobladas de Bolivia y Paraguay podrían establecer relaciones comerciales inmediatas, se dio prioridad en la demarcación al Sector Oeste.

Pilares astronómicos: Para las determinaciones astronómicas de primer orden con instrumentos de pasaje meridiano, se acordó construir pilares de hormigón. Otros pilares, también de hormigón o bien de mampostería o madera, pero de dimensiones más reducidas, se construyeron en los vértices de la línea del límite y las determinaciones se efectuaron con teodolito Zeiss Th. II.

Cuando el pilar de hormigón coincidió con la ubicación de un Vértice Principal, se suscribió el Acta de Erección correspondiente y se construyó sobre el mismo el Hito de I Orden respectivo.

Obtenidos los valores definitivos de las observaciones efectuadas en los pilares astronómicos, se erigieron los Hitos Principales formados por torres metálicas, de formas y dimensiones que figuran en el Anexo al Acta Nº 8. Cuando el pilar astronómico coincidió con el vértice señalado en el Laudo Arbitral, se erigió el Hito Principal sobre dicho pilar.

Hitos principales o de Primer Orden: Son “Hitos Principales” los erigidos en los vértices que indica el Laudo, e “Hitos Principales Testigos” los que fueron erigidos alejados del vértice por imponerlo así la topografía del lugar o las condiciones de seguridad para su conservación, estos llevan azimut y distancia al vértice correspondiente.

En su parte superior llevan una placa de coronación que es también de dos tipos: de tres caras para los Vértices Trifinios (I Esmeralda) y (XI Confluencia de los ríos Negro u Otuquis y Paraguay) y de dos caras para los demás Vértices, llevando la inscripción del nombre del país hacia el lado en que éste se encuentra.

En los Vértices I ESMERALDA, II 10 DE OCTUBRE, III VILLAZON o SARGENTO RODRIGUEZ, IV 27 DE NOVIEMBRE o GABINO MENDOZA, IX CERRITO JARA y XI CONFLUENCIA DE LOS RIOS NEGRO u OTUQUIS y PARAGUAY, el Instituto Geográfico Militar Argentino hizo las mediciones, y se colocaron, aproximadamente a 2 km. del Pilar Astronómico, torres metálicas de tres metros de altura para la Mira Meridiana.

En los Vértices V CERRO CAPITAN USTARES o CORONEL CABRERA, VI PALMAR DE LAS ISLAS, VII CORONELES SANCHEZ, VIII CERRO CHOVORECA y X 12 DE JUNIO, las mediciones fueron hechas por la Subcomisión Mixta de Astronomía, siendo los Pilares Astronómicos y las Miras Meridianas de 1,30 m. de altura y 0,20 m. x 0,20 m. de base.

Con el fin de garantizar la reposición de los Hitos Principales en caso de pérdida, estos fueron empotrados en cemento y en sus vecindades se colocaron tres señales excéntricas, lo que quedó consignado en las monografías respectivas.

En los puntos trifinios de ESMERALDA y CONFLUENCIA DE LOS RIOS NEGRO OTUQUIS y PARAGUAY, el punto límite situado en el thalweg del Río Pilcomayo y en la confluencia del Río Negro u Otuquis con el Paraguay, está referido a tres mojones colocados. uno en cada uno de los tres países colindantes. Tales mojones figuran con su azimut y distancia en los croquis o monografías correspondientes, agregadas a las Actas de Erección.

Hitos de Segundo Orden e Hitos de Tercer Orden: Se acordó en principio colocar Hitos de II Orden cada 5 kilómetros entre los Vértices de I Orden, distancia que fue ampliada a 10 kilómetros, Acta Nº 28, la forma, el material y las dimensiones fueron especificadas en la misma.

Se acordó en el Acta Nº 23, que los hitos fueran construidos de hormigón o mampostería. En el curso de los trabajos demarcatorios se ha construido uno de este tipo: el Hito Secundario colocado sobre la línea recta que une los Vértices IX CERRITO JARA y X 12 DE JUNIO.

En la misma Acta, se consigna la información proporcionada por la Delegación Boliviana, en sentido de haber colocado hitos de II Orden provisionales, de madera dura de la región, en la picada internacional ESMERALDA - 10. DE OCTUBRE, cada 1.000 metros, posteriormente los mismos fueron considerados como hitos de-III Orden.

Se acordó en el Acta Nº 28 que los hitos fueran de tres órdenes o categorías, a saber:

a) Hitos de Primer Orden: los que se menciona en el Artículo 19 del Capítulo III del Reglamento Técnico.
b) Hitos de Segundo Orden: los que se erijan en la línea del límite, cada 5 kilómetros y en los caminos internacionales que cruzan el límite entre Bolivia y Paraguay (Paraguay y Bolivia).
c) Hitos. De Tercer Orden: los que se erijan cada 1.000 metros entre los hitos de orden superior.

Los hitos tendrán las siguientes alturas

        Los de I Orden                          4,50m.
        Los de II Orden                         3,50m.
        Los de III Orden                        1,20m.

Los de Primer Orden llevarán en la parte superior una Placa de coronación con la leyenda BOLIVIA en una de sus caras y PARAGUAY en la otra.

Los de Segundo Orden y los de Tercer Orden no llevaran, placa de coronación.

Los Hitos de Segundo Orden llevarán como inscripción un número fraccionario cuyo numerador, en caracteres romanos, corresponderá al número de Hito de I Orden comenzando en ESMERALDA, y cuyo denominador será el correlativo en cada sector entre Hito e Hito de I Orden. Los Hitos de III Orden llevarán solamente un número arábigo correlativo entre los hitos de I Orden.

Los Hitos de II Orden serán de mampostería y los de III Orden serán de madera dura de la región.

El Hito Secundario de “CAÑADA ORURO” es de forma especial, tipo monumental, debido a que se le adosó la placa conmemorativa de la Conferencia de los Mandatarios de Bolivia y del Paraguay, General Enrique Peñaranda y General Higinio Morínigo respectivamente, celebrada en ese lugar el 15 de noviembre de 1943.

Los Hitos de III Orden resultarán “Testigos” cuando estuvieren colocados fuera de la línea del límite, aun cuando estuviesen dentro de la picada internacional. Puede ocurrir que, partiendo de uno de los Vértices, no se llegue exactamente al Vértice siguiente, admitiéndose una tolerancia y desviación de 1 metro por cada 10 km. Excediéndose de esta tolerancia, los Hitos de III Orden son “Hitos Testigos”. Los de II Orden deben colocarse siempre sobre la línea del límite, mediante las operaciones técnicas que se juzgue conveniente, previo informe y acuerdo de ambas delegaciones.

Desaparición y reposición de hitos: En el curso de los trabajos demarcatorios, ambas comisiones constataron que, al principio, los nativos de la zona del sector Norte, se ensañaron con los pilares de hormigón, y posteriormente con los hitos de hierro. En esa forma, los Pilares Astronómicos de “27 DE NOVIEMBRE”, de “CERRO CAPITÁN USTARES” y de “PALMAR DE LA ISLAS” fueron parcial o totalmente destruidos, así como el Hito de I Orden de este último Vértice que ha desaparecido, no quedando otra cosa que su fundamento y su placa de coronación.

Por otra parte, los hitos provisionales de II Orden de madera y los de III Orden, fueron destruidos por los incendios y quemazones del bosque y por los “turiros” o polillas de la madera que los consumen totalmente.

En caso de desaparición de hitos de I o II Orden, se procedió primero a labrar un Acta de Desaparición con la presencia de por lo menos un Delegado por cada país, y luego a la reposición del mismo en su lugar primigenio de erección. En el caso de no haber sido posible reponer el hito en su lugar primigenio de erección, por cualquier circunstancia, se erigió un hito testigo para los de I Orden y un nuevo hito para los de II orden.

Así se procedió con el Hito Testigo ESMERALDA destruido por el Río Pilcomayo, como con la reposición del Hito PALMAR DE LAS ISLAS, que destruyeron los nativos.

Los pilares astronómicos afectados no fueron reconstruidos por haberse considerado innecesario hacerlo, ya que los valores astronómicos fueron transportados a los hitos.

En el Punto 7° del Acta Nº 28, se resolvió:

La reposición de los Hitos de I Orden que hubieran desaparecido, será efectuada por la Comisión Mixta en los puntos primigenios de erección que constan en las Actas de erección respectivas.

Picadas Internacionales: Dividido el límite en dos sectores o secciones, se acordó, acelerar la demarcación de la línea del límite del Sector Oeste con la apertura de una picada camionable de 5 metros de ancho que una dos Vértices consecutivos, erigiendo sobre ella los hitos de II Orden. (Artículos 6, 18 y 19 del Reglamento).

En el Acta Nº 20, se aprobó abrir picadas de 5 km de extensión a ambos lados del Hito VI PALMAR DE LAS ISLAS por existir puestos de ganadería y guarniciones militares. Tales picadas indicarán el rumbo a los hitos V CERRO CAPITAN USTARES y VII CORONELES SANCHEZ. Se acordó también aplicar el mismo criterio en el tramo IX Hito CERRITO JARA y X 12 DE JUNIO, por tratarse de una zona poblada.

A solicitud de la Delegación Paraguaya, se aprobó construir la picada CERRO CAPITAN USTARES - 27 DE NOVIEMBRE y se amplió a 10 km. la extensión de las picadas a abrirse a ambos lacios de todos los vértices del Sector Norte.

Finalmente, la Delegación Paraguaya, propuso a la Delegación de Bolivia, la apertura total de las picadas del Sector Norte. Consultado el Gobierno de Bolivia aprobó la proposición y la aceptó, Acta N° 31. Quedó a cargo de la Delegación Boliviana la erección de hitos de II y III Orden en los dos tramos comprendidos entre los hitos V CERRO CAPITAN USTARES, VI PALMAR DE LAS ISLAS y VII CORONELES SANCHEZ, con una extensión total de 189 km. y a cargo de la Delegación Paraguaya los dos tramos comprendidos entre los Hitos VII CORONELES SANCHEZ, VIl1 CERRO CHOVORECA y IX CERRITO JARA, con una extensión total de 194 km.

Conservación de las picadas internacionales: La zona boscosa en que están abiertas las picadas internacionales, impuso la necesidad de pensar en su conservación por el peligro que con el tiempo resulten difíciles identificarlas. Para ello se acordó, Acta N° 28, que ambas Delegaciones sugieran a sus respectivos Gobiernos. la conveniencia de mantener abiertas las picadas internacionales que unen los hitos principales, procediendo en lapsos prudenciales, a la limpieza de las mismas.

Finalmente, Acta Nº 31, se modificó ese acuerdo proponiendo que cada Delegación deberá sugerir a su Gobierno la conveniencia para que los Ejércitos se encarguen de la. Conservación de las picadas internacionales, en lapsos prudenciales, en una equitativa distribución de sectores que se convendría oportunamente.

Personal, Instrumental, Movilidad y Campamento: Ambas Delegaciones, y también el Ejército Argentino en colaboración espontanea, proporcionaron a la Comisión Mixta el personal necesario de geodestas, astrónomos, topógrafos, dibujantes, etc., en su mayor parte oficiales y técnicos de sus Institutos Geográficos Militares.

El Instituto Geográfico Militar Argentino contribuyo con equipo completo para determinaciones astronómicas fundamentales y las Delegaciones con el equipo correspondiente para las determinaciones astronómicas de orden secundario y para todos los demás trabajos técnicos en el terreno.

En cuanto a los campamentos, se convino que serían mixtos y que estarían bajo la autoridad de los Jefes de las Subcomisiones de Delegados. Posteriormente, los campamentos fueron instalados por cada Comisión, teniendo en cuenta que los últimos trabajos de apertura de picadas y densificación de hitos fueron distribuidos por Comisiones con la única obligación de que la otra Comisión acredite su representante técnico que tenía que permanecer en el terreno durante el tiempo de duración de los trabajos.

Asimismo, la Comisión Mixta, Acta Nº 7, decidió proveer de carnets o credenciales especiales a todos los Delegados así como a los oficiales y técnicos de las comisiones para facilitar el libre tránsito por la frontera para el mejor cumplimiento de la misión encomendada.

Ambas Comisiones contribuyeron también con cuotas especiales para solventar los gastos de la Presidencia y Secretaría de la Comisión Mixta.

Se deja constancia que durante la Presidencia del General Baldomero de Biedma, el Instituto Geográfico Militar Argentino prestó a la Comisión Mixta una amplia colaboración. Sus reparticiones técnicas y personal tomaron parte activa en las tareas demarcatorias de construcción de hitos, marcas y pilares.

Ubicación de los puntos Vértice: Entre los considerandos que fundamentan el Laudo Arbitral de 10 de octubre de. 1938, se destaca:

“Que una Comisión Militar Asesora ha efectuado en las zonas determinadas por el Tratado del 21 de julio de 1938, el relevamiento aéreo fotográfico y el reconocimiento del terreno, y ha presentado el informe correspondiente;”

En efecto, el Colegio Arbitral encomendó a la Argentina y al Brasil tal labor aérea fotográfica, asignando a cada uno la zona de trabajo. La Argentina cumplió el cometido fotografiando los Vértices: I ESMERALDA, III VILLAZON o SARGENTO RODRIGUEZ, IV 27 DE NOVIEMBRE o GABINO MENDOZA, y V CERRO CAPITAN USTARES o CORONEL CABRERA; el Brasil hizo la labor en el Vértice XI CONFLUENCIA DE LOS RIOS NEGRO u OTUQUIS y PARAGUAY, no habiéndolo hecho en los Vértices: X 12 DE JUNIO, IX CERRITO JARA, VIII CERRO CHOVORECA, ni en el Vértice VI PALMAR DE LAS ISLAS, por no haber encontrado en dichos puntos, accidentes geográficos o datos claros fácilmente fotografiables. Este hecho ha producido serios inconvenientes en la interpretación y aplicación en el terreno de la letra del Laudo y de las coordenadas geográficas de tales puntos.

Las fotografías aéreas obtenidas por la Comisión Argentina, como parte integrante del Laudo Arbitral, fueron entregadas a la Comisión Mixta para que sirvieran de base en la identificación de los Vértices correspondientes.

La escasa cartografía anterior a la Guerra del Chaco de la extensa planicie chaqueña, sobre todo en el Sector Norte, originó que para las deliberaciones y resoluciones que tomó el Colegio Arbitral eligiera una carta que no era más que la recopilación de las cartas bolivianas y paraguayas de campana, cuyos detalles estaban ubicados con aproximación relativa. Sin embargo, ella fue suficiente para que dicho Colegio Arbitral estableciera y señalara “la mente” que lo guio para dictar FALLO dentro del marco que le señaló el Tratado de Paz, Amistad y Límites, sin tomar en cuenta las pequeñas diferencias que pudiera encontrar. Por ello la representación paraguaya presidida por el General José Félix Estigarribia, presentó al Colegio Arbitral una nota, con varias reservas, en la que textualmente dice:

  • 1º) “La Delegación del Paraguay desea saber cuál sería el criterio para dirimir las probables cuestiones a surgir, si en la ejecución del Artículo 5º del Tratado de 21 de julio de 1938 , la Comisión Mixta comprobase con respecto del mapa esquemático que le fue entregado juntamente con el Laudo, y que, según el Acta firmada en esa oportunidad, interpreta gráficamente la línea trazada por el Colegio Arbitral, la inexacta ubicación de algunos de los puntos o accidentes de la línea laudada y que no estuviesen fijados astronómicamente en el fallo, o hubiese dudas de cualquier especie”.

El Colegio Arbitral respondió lo siguiente:

“En respuesta me es grato hacer presente a V.E. que como lo recuerda la Nota que contestó, el Colegio Arbitral ha entregado a las Partes un mapa esquemático que interpreta gráficamente la línea trazada. Por consiguiente, en el caso poco verosímil, de que nuevas comprobaciones sobre el terreno rectifiquen la exactitud de las realizadas por la Comisión Militar Asesora, que ha servido de base al Fallo, deberá prevalecer siempre el criterio que ha guiado a los Árbitros y que se traduce gráficamente en el croquis referido”.

Como se ve, el Plano del Colegio Arbitral anexo al Fallo y las fotografías aéreas entregadas por la Comisión Militar Argentina, han sido los documentos que, por la importancia, han servido de base para la mejor interpretación y aplicación del Laudo en el terreno.

Por ello y en la creencia de que pudieran presentarse sorpresas en el terreno de los hechos, sobre todo en el Sector Norte, se tomaron otras providencias para prevenirlas y resolverlas.

Después de extensas consideraciones sobre el valor del Plano anexo al Laudo del Colegio Arbitral como documento de consulta se acordó, Acta Nº 14, deducir gráficamente de él las coordenadas geográficas al minuto de aproximación, obteniéndose los siguientes valores:

                                                                                                  Latitud                      Longitud
CERRO CAPITAN USTARES                                                     -19º 34’                      -61º 51’
PALMAR DE LAS ISLAS                                                            -19º 27’                      -60º 37’
SUR DE FORTIN PAREDES                                                      -19º 18’                      -60º 01’
CERRO CHOVORECA                                                              -19º 21’                      -59º 06’
CERRITO JARA                                                                         -19° 47’                      -58° 15’

Con estos valores sería tarea fácil la ubicación, resolviéndose además que: si las coordenadas obtenidas en el terreno por la Subcomisión Mixta de Astronomía discreparan de las obtenidas del Plano del Colegio Arbitral e indicadas en esta Acta, se llevarían por transporte a los puntos vértice precitados.

La Delegación Boliviana propuso, Acta Nº 19:

“... si el accidente geográfico está definido, de acuerdo al Laudo, el hito debe ser colocado en ese accidente geográfico con las coordenadas que resultaren, siempre que las mismas estén dentro de un radio de más o menos 2700 metros con respecto a las coordenadas geográficas fijadas en el Acta Nº 14. De lo contrario, es decir, si se sobrepasara esa tolerancia, se aceptarán las coordenadas geográficas establecidas en el Acta Nº 14”.

Ante una observación de la Delegación Paraguaya, se aceptó esta resolución pero sólo para los tres vértices qué faltaban ubicar, es decir para el V CERRO CAPITAN USTARES o CORONEL CABRERA, el VII CORONELES SANCHEZ y el VIII CERRO CHOVORECA.

Esta determinación fue tomada sin considerar el caso probable de que si el accidente se encontrase claramente definido e identificado, pero a 2800 metros, por ejemplo, del punto obtenido del Plano del Colegio Arbitral, ya no se tendría en cuenta esa ubicación, contraviniendo notoriamente, por una parte, la “letra” del Laudo, para aceptar, por otra, el punto de las coordenadas geográficas deducidas precisamente de su plano adjunto que, como ya se ha dicho, tiene inexactitudes cartográficas poco visibles por su escala, que los Árbitros no tomaron en cuenta, y que habrían exigido mayores tolerancias muy difíciles de determinar.

De ahí que tanto en el Sector Oeste, en el que existían fotografías y puntos identificables, como en el Sector Norte en el que no existían, se presentaron inconvenientes de ubicación ante la dificultad de aplicar una u otra de las Resoluciones tomadas, sin afectar al Laudo. Dichos inconvenientes fueron resueltos como se detalla más adelante, al tratar cada vértice en particular. Lo que sí cabe afirmar, es que todos los valores geográficos obtenidos por observación directa en el terreno, han diferido en cantidades, a veces apreciables, de los que cita el Laudo Arbitral y de los que se obtuvieron de su Plano Anexo.

Posiciones Astronómicas: El Artículo 25 del Reglamento de la Comisión Mixta establece, en su Plan de Trabajos, el siguiente orden:

a) Construcción de pilares de observación para Hitos de I Orden.
b) Determinación astronómica de los Vértices de la línea del límite.
e) Cálculo de las observaciones astronómicas.

De acuerdo con ello, en las primeras Reuniones de la Comisión Mixta y no teniendo ninguna de las Delegaciones personal técnico ni instrumental para determinaciones de alta precisión, se solicitó la colaboración del Instituto Geográfico Militar Argentino para la determinación de las coordenadas geográficas de los Vértices I, II, III, IV, IX y XI.

Aceptada la solicitud quedó organizada la Comisión Astronómica fundamental al mando del Capitán Ricardo Arandía del Ejército Argentino, Acta N°7, dotándole del instrumental, materiales y enseres necesarios para el cumplimiento de su misión. La Comisión Mixta dictó las instrucciones precisas para el caso y aprobó los métodos y fórmulas a emplearse, Acta Nº 6, aprobó el presupuesto de gastos, Acta Nº 10, y dispuso su ingreso al terreno donde hizo las observaciones correspondientes. La Comisión Astronómica Fundamental empleó para esa labor instrumentos de pasaje meridiano Bamberg con todos sus elementos auxiliares de precisión. El Observatorio de La Plata efectuó observaciones gemelas para las comparaciones y control necesarios.

Los resultados se obtuvieron con los siguientes errores medios:

Para LATITUD                                                 +/-          0",10
Para LONGITUD                                             +/-          0",15
Para AZIMUT con MIRA MERIDIANA               +/-          0",30
Para AZIMUT DIRECTO                                  +/-          1",00

En lo que respecta a los demás Vértices de la línea del límite, se acordó, Acta Nº 14, organizar una Subcomisión Mixta de Astronomía integrada por personal técnico de ambas Delegaciones, la que, encuadrando sus labores en instrucciones especiales que recibió de la Comisión Mixta, efectuó las observaciones con instrumental liviano (Teodolito Zeis Th.11) en los Vértices V CERRO CAPITAN  USTARES o CORONEL CABRERA, VI PALMAR DE LAS ISLAS, VII CORONELES SANCHEZ, VIII CERRO CHOVORECA y X 12 DE JUNIO.

Se trabajó con las siguientes tolerancias:
 
Latitud                                     +/-1”,00
Longitud                                  +/-0”,40
Azimut                                     +/-5”,00

Los resultados obtenidos para los cinco Vértices citados y para las observaciones auxiliares de YAPIROA, RAVELO, YARE, y Vértice XI fueron adecuados, habiendo obtenido valores por debajo de las tolerancias que se acordaron.

Relevamiento: Por encontrarse la línea del límite en terreno plano, boscoso, despoblado y sin otros detalles topográficos que los de aspecto forestal, solamente se realizó el relevamiento topográfico taquimétrico del límite arcifinio determinado por el Río Negro u Otuquis, desde el Hito 12 DE JUNIO hasta su desembocadura en el Río Paraguay, donde se encuentra el Vértice XI Trifinio. Una Subcomisión Mixta formada por los Tenientes Rafael Sainz, de parte de Bolivia, y Aníbal Méndez Chamorro, de parte del Paraguay, llevo a cabo esta única tarea de relevamiento topográfico.

Aerofotogrametría: Se resolvió, Acta Nº 38, efectuar el relevamiento aerofotogramétrico de toda la línea del límite desde el Hito I hasta el XI inclusive, para confeccionar posteriormente la carta a escala 1:500.000. Dicho relevamiento se efectuaría una vez que se hubiera completado la apertura de las picadas internacionales que concurren a dicho punto y la limpieza de las restantes que conforman el límite.