Recomendación


82. La Relatora Especial recomienda al Gobierno que cumpla con el deber de consultar a los pueblos indígenas, inclusive a través de la adopción y aplicación de instrumentos legislativos pertinentes. La Relatora Especial quiere subrayar que la elaboración de cualquier procedimiento o instrumento para facilitar o regular el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado debe llevarse a cabo con la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas. 
Año 2015

Mecanismo


Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas

Población


Pueblos Indígenas

Tema-Derecho


Derecho a la Consulta, Fortalecimiento Institucional, Marco jurídico, Derecho de los pueblos indígenas

Institución Responsable


INDI, SIMORE - HCS

Unidad


PL - Honorable Cámara de Diputados - Dirección SIMORE

Política Pública


Plan-Programa-Proyecto


ODS


  • 16 - Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
    • 16.7 - Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades
    • 16.b - Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible
    • 16.10 - Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales
Actualización de indicadores  

Reporte (Max. 700 caracteres)

Se encuentra en estudio, en la Honorable Cámara de Diputados, un Proyecto de Ley sobre el Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas (Expediente D-1326050). Este Proyecto esta en la Primera Etapa de estudio y se remitió a las Comisiones Asesoras Permanentes de Asuntos Constitucionales; Legislación y Codificación; y Pueblos Indígenas para el correspondiente dictamen. Además, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 1039 del 28/12/2018 que aprueba el Protocolo para el Proceso de Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado con los Pueblos Indígenas que habitan el Paraguay.

Retos y desafíos

El estudio y la aprobación del Proyecto de Ley. La aplicación del Decreto en tanto se aprueba una Ley.

Completado por Dirección SIMORE - HCD
Validado por Dirección Técnica SIMORE - HCD
Fecha: 21/02/2019