Recomendación


83. f) El pleno reconocimiento y respeto de los derechos de los pueblos indígenas en las actividades vinculadas con la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad, especialmente en el establecimiento y gestión de áreas protegidas que afecten a sus tierras, territorios o recursos naturales. Los pueblos indígenas deben ser consultados con el objeto de lograr su consentimiento antes del establecimiento de estas áreas, y deben participar en la gestión de las mismas;
Año 2015

Mecanismo


Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas

Población


Pueblos Indígenas

Tema-Derecho


Derecho a la Consulta, Medio Ambiente, Participación Política, Marco jurídico, Derecho de los pueblos indígenas

Institución Responsable


INDI, SNC

Unidad


PL - Honorable Cámara de Diputados - Dirección SIMORE

Política Pública


Plan-Programa-Proyecto


ODS


  • 16 - Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
    • 16.7 - Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades
  • 15 - Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad
    • 15.2 - De aquí a 2020, promover la puesta en práctica de la gestión sostenible de todos los tipos de bosques, detener la deforestación, recuperar los bosques degradados y aumentar considerablemente la forestación y la reforestación a nivel mundial
    • 15.5 - Adoptar medidas urgentes y significativas para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de biodiversidad y, de aquí a 2020, proteger las especies amenazadas y evitar su extinción
    • 15.1 - De aquí a 2020, asegurar la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y sus servicios, en particular los bosques, los humedales, las montañas y las zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de acuerdos internacionales
    • 15.9 - De aquí a 2020, integrar los valores de los ecosistemas y la biodiversidad en la planificación, los procesos de desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad nacionales y locales
Actualización de indicadores  

Reporte (Max. 700 caracteres)

Se encuentra en estudio, en la Honorable Cámara de Diputados, un Proyecto de Ley sobre el Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas (Expediente D-1326050). Este Proyecto esta en la Primera Etapa de estudio y se remitió a las Comisiones Asesoras Permanentes de Asuntos Constitucionales; Legislación y Codificación; y Pueblos Indígenas para el correspondiente dictamen. Además, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 1039 del 28/12/2018 que aprueba el Protocolo para el Proceso de Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado con los Pueblos Indígenas que habitan el Paraguay.

Retos y desafíos

El estudio y la aprobación del Proyecto de Ley. La aplicación del Decreto en tanto se sanciona una Ley.

Completado por Dirección SIMORE - HCD
Validado por Dirección SIMORE - HCD
Fecha: 21/02/2019